La Comisión Europea ha puesto en marcha un nuevo marco regulatorio destinado a reforzar la competitividad de la industria siderúrgica europea y garantizar su viabilidad a largo plazo. El Reglamento del Acero, aplicable desde el 1 de julio de 2026, sustituye a las anteriores medidas de salvaguardia e introduce un sistema de contingentes arancelarios diseñado para hacer frente a las distorsiones del mercado internacional derivadas del exceso de capacidad productiva.

Como desarrollo de esta normativa, la Comisión ha publicado el reglamento de ejecución que distribuye los contingentes de importación entre los distintos socios comerciales de la Unión Europea mediante una metodología objetiva y transparente. El objetivo es preservar un acceso previsible al mercado europeo para los proveedores de terceros países, al tiempo que se protege la producción comunitaria y se garantiza el suministro a las industrias consumidoras de acero.

Nuevos contingentes de importación y aranceles

El nuevo sistema fija un volumen anual de 18,3 millones de toneladas de acero que podrán importarse sin aranceles. Las importaciones que superen ese límite estarán sujetas a un arancel del 50 %, aplicable a 26 categorías de productos siderúrgicos.

La distribución de los contingentes también busca minimizar el impacto sobre los países con acuerdos comerciales preferenciales con la Unión Europea. En este sentido, la mitad del contingente anual se reserva exclusivamente para los socios con acuerdos de libre comercio (FTA), mientras que la otra mitad permanece abierta a todos los países exportadores.

Según la Comisión Europea, esta fórmula permite mantener un elevado nivel de acceso al mercado europeo para estos socios, teniendo en cuenta que aproximadamente el 80 % de las importaciones de acero de la UE provienen de países con acuerdos comerciales preferenciales.

Más transparencia en la cadena de suministro

Otra de las principales novedades del reglamento es la introducción de nuevos requisitos de trazabilidad para el acero importado. Las empresas deberán declarar dónde se ha realizado el proceso de «melt & pour» (fusión y colada), considerado el origen efectivo de la producción del acero.

Esta obligación permitirá incrementar la transparencia de la cadena de suministro, facilitar los controles comerciales y reducir el riesgo de prácticas destinadas a eludir las medidas comerciales de la Unión Europea.

Una medida para reforzar la competitividad industrial

La Comisión considera que estas medidas contribuirán a restaurar unas condiciones de competencia más equilibradas en un mercado afectado por importantes desequilibrios internacionales derivados del exceso de capacidad de producción.

Además de proteger el empleo y la producción siderúrgica europea, el nuevo marco pretende ofrecer a los fabricantes el margen económico necesario para invertir en procesos más sostenibles, eficientes e innovadores, en línea con los objetivos de descarbonización de la industria europea.

El Reglamento del Acero forma parte del Plan de Acción para el Acero y los Metales, presentado por la Comisión en marzo de 2025 dentro de su estrategia para reforzar la competitividad industrial de la Unión. La normativa se aplicará inicialmente mediante un procedimiento de urgencia durante un periodo máximo de seis meses, mientras continúa su tramitación ordinaria y prosiguen las negociaciones con los socios comerciales en el marco de la Organización Mundial del Comercio (OMC).