La Unión Europea y la India han alcanzado en enero de 2026 un acuerdo de libre comercio de gran alcance, considerado por ambas partes como uno de los más ambiciosos firmados hasta la fecha por la UE con una economía emergente. Tras casi dos décadas de negociaciones intermitentes, el acuerdo establece un marco general para la liberalización del comercio de bienes y servicios entre dos de los mayores mercados del mundo, si bien su entrada en vigor queda aún supeditada al proceso de ratificación correspondiente.

Desde la perspectiva del sector de las materias primas, el acuerdo no introduce —al menos en la información pública disponible hasta el momento— disposiciones específicas dirigidas de forma directa al suministro, la extracción o el acceso preferente a materias primas estratégicas. No obstante, su alcance y su contexto geopolítico hacen previsible que tenga efectos indirectos relevantes sobre las cadenas de valor en las que se integran las materias primas minerales y energéticas.

Un acuerdo centrado en la liberalización comercial

El acuerdo UE-India se articula como un tratado de libre comercio amplio, cuyo objetivo principal es la eliminación o reducción progresiva de aranceles sobre la mayor parte de los bienes intercambiados entre ambas economías. Según las comunicaciones oficiales y la información difundida tras el cierre del acuerdo, la liberalización alcanzará a prácticamente la totalidad de los flujos comerciales entre la UE y la India en términos de valor.

Este enfoque sitúa el núcleo del acuerdo en los intercambios de productos industriales, bienes manufacturados, maquinaria, productos químicos y otros bienes intermedios y finales. Muchos de estos productos incorporan materias primas en distintas fases de transformación, lo que convierte al acuerdo en un elemento con potencial capacidad para influir en los flujos de demanda de materiales básicos, aunque de manera indirecta.

Materias primas y energía: ausencia de compromisos específicos

Uno de los elementos más relevantes para el sector de las materias primas es precisamente lo que no contiene el acuerdo. Durante las fases finales de la negociación, la Unión Europea había planteado la inclusión de un capítulo específico sobre energía y materias primas, orientado a reforzar la seguridad de suministro y la estabilidad en el acceso a determinados recursos.

Sin embargo, ese capítulo no forma parte del acuerdo cerrado. La información disponible indica que estas disposiciones fueron descartadas ante la falta de consenso, especialmente por parte de la India. En consecuencia, el tratado no establece obligaciones específicas relativas al suministro de materias primas críticas, ni compromisos adicionales en materia de exportaciones, restricciones o garantías de acceso más allá de las reglas generales del comercio internacional.

Para el sector extractivo europeo, esto implica que el acuerdo no puede interpretarse como un instrumento directo de aseguramiento de materias primas estratégicas procedentes de la India, ni como un mecanismo de protección frente a posibles restricciones futuras.

Impacto indirecto en las cadenas de valor

Aunque el acuerdo no aborda de forma explícita las materias primas, sí puede influir en las cadenas de valor industriales en las que estas se integran. La reducción de aranceles sobre productos industriales y bienes intermedios puede modificar los flujos comerciales entre la UE y la India, favoreciendo una mayor integración productiva entre ambos mercados.

En la práctica, esto podría traducirse en un aumento de la demanda de determinadas materias primas utilizadas en sectores como la ingeniería, la industria química, la fabricación de maquinaria o los bienes de equipo, tanto en Europa como en la India. Estos efectos dependerán, en todo caso, de la evolución de los mercados, de la competitividad de los distintos suministros y de las decisiones empresariales a medio plazo.

Diversificación de mercados en un contexto geopolítico complejo

El acuerdo UE-India se inscribe en un contexto internacional marcado por tensiones comerciales, reconfiguración de cadenas de suministro y una creciente preocupación por la dependencia de terceros países en sectores estratégicos. En este escenario, el refuerzo de las relaciones comerciales entre la UE y la India responde también a una lógica de diversificación de socios y reducción de riesgos geopolíticos.

Para el sector de las materias primas, esta diversificación no se traduce automáticamente en nuevas garantías de suministro, pero sí puede abrir oportunidades para reequilibrar flujos comerciales y reducir dependencias excesivas de determinados mercados. El acuerdo puede, por tanto, contribuir a un entorno más plural en términos de intercambio comercial, aunque sin alterar de forma inmediata las bases estructurales del aprovisionamiento de materias primas.

Un marco que debemos perder de vista

En su estado actual, el acuerdo UE-India debe interpretarse como un marco general con potenciales efectos indirectos sobre el sector de las materias primas, más que como un instrumento específico de política de recursos. La ausencia de disposiciones explícitas sobre materias primas estratégicas limita su impacto directo sobre el sector extractivo, pero su amplitud comercial y su peso económico aconsejan un seguimiento atento de su desarrollo y aplicación práctica.

A medida que se conozcan los textos definitivos, los calendarios de desgravación arancelaria y las posibles iniciativas complementarias en materia de cooperación industrial o tecnológica, será posible evaluar con mayor precisión sus efectos reales sobre las materias primas minerales y las cadenas de suministro asociadas.

Todos los documentos, aquí.